ZACATECAS. En México, cada año mueren más de 24 mil personas menores de 45 años por causas relacionadas con el consumo de bebidas azucaradas y, si se habla de las consecuencias de la mala alimentación, la cifra de fallecimientos anuales asciende, como ocurrió en 2018, a más de 733 mil.
Estos datos demuestran la existencia de un grave problema de salud pública, del que el estado de Zacatecas no queda exento.
La diputada Gabriela Pinedo Morales informó que cada año en la entidad el sector de salud estatal atiende a 15 mil pacientes con obesidad, quienes también tienen padecimientos asociados como diabetes e hipertensión. Esto se traduce, precisó, en que el 70 por ciento de las personas mayores de 20 años en el territorio zacatecano sufren obesidad.
Para revertir esta situación, este miércoles se presentó una iniciativa para reformar dos leyes estatales. La primera es la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del estado, en la que se propone agregar un artículo 39 Bis con el objetivo de prohibir la venta o distribución de bebidas azucaradas y alimentos con alto contenido calórico a los menores de edad.
La prohibición incluye a todos los establecimientos que ofrezcan estos productos, además de los locales de venta ubicados al interior de las escuelas de nivel básico y de educación media superior, así como a las máquinas expendedoras que están en los centros educativos.
Los productos contemplados en la reforma son aquellos que exceden los límites máximos de azucares, grasas saturadas, grasas trans y sodio añadidos establecidos por la Norma Oficial Mexicana.
Se precisa que no aplicará la prohibición para las medres, padres y tutores legales de los menores, por lo que queda “bajo su responsabilidad el consumo de estos productos” por parte de las niñas, los niños y adolescentes.
En caso de incumplimientos, los propietarios o encargados de los establecimientos que vendan estos productos a menores de edad podrán ser sancionados administrativamente.
En la iniciativa se propone una segunda reforma, al artículo 56 de la Ley de Educación del estado, para agregar al planteamiento un enfoque preventivo y educativo, ya que se establece la obligación de contemplar en los planes y programas de estudio la enseñanza encaminada a fomentar una alimentación saludable. Además, se planteó que deberá promover la realización de al menos 60 minutos diarios de actividad física en las escuelas.
La iniciativa fue promovida por las y los diputados Gabriela Evangelina Pinedo Morales, Jesús Padilla Estrada, Héctor Adrián Menchaca Medrano, Navidad de Jesús Rayas Ochoa, Alma Gloria Dávila Luévano, Omar Carrera Pérez, Roxana del Refugio Muñoz González, Felipe de Jesús Delgado de la Torre, Armando Perales Gándara, Mónica Borrego Estrada y Raúl Ulloa Guzmán.
Autoridades de salud, de educación y los municipios, facultados para sancionar incumplimientos de venta de comida chatarra
En este mismo sentido, el diputado Javier Calzada Vázquez presentó una iniciativa para reformar, aparte de la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, otras disposiciones legales como la Constitución Política del estado, la Ley de Salud de Zacatecas y la Ley Orgánica del Municipio.
La modificación a la Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en este caso, es al artículo 34 con la adición de un párrafo en el que se fije la prohibición de vender, obsequiar o suministrar a menores de edad alimentos no básicos, bebidas azucaradas y productos envasados que, en todos los casos, rebasen los límites máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas trans y sodios añadidos.
La Constitución Política del estado se modificaría, de acuerdo a la propuesta, en su artículo 26 para añadir al concepto de alimentación que se establece como un derecho de las personas los calificativos de saludable y nutritiva.
Mientras tanto, el legislador planteó reformar la Ley de Salud del estado, con la adición de un párrafo en el artículo 35, con el objetivo de otorgar la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de la norma a la Secretaría de Salud y también a los ayuntamiento, y a la Secretaría de Educación en el caso de tiendas, cooperativas o máquinas expendedoras que estén al interior de las escuelas.
El artículo 38 de esta misma ley también busca ser modificado para establecer que entre los objetivos de la coordinación de esfuerzos entre la Secretaría de Salud y los municipios debe estar el combate al, sobrepeso, la obesidad y “otras enfermedades asociadas al alto consumo de bebidas azucaradas y alimentos envasados de alto contenido calórico”.
Debido a que se incluye en estos cambios a los ayuntamientos, se agrega otra modificación en esta iniciativa enfocada al artículo 60 de la Ley Orgánica de los Municipio. El fin, en este caso, es otorgarles atribuciones en materia de salud pública para que puedan vigilar que los comercios se abstengan de vender, regalar o suministrar, a menores de edad, bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico, grasas saturadas, grasas trans y sodio añadidos.
También, se les da la facultad de sancionar a quienes violen esta disposición e incluso negar la renovación de la licencia a los comercios que hayan sido reconvenidos o sancionados por vender, regalar o suministrar, a menores de edad, bebidas azucaradas y alimentos de alto contenido calórico, grasas saturadas, grasas trans y sodio añadidos.
Redacción / Tropicozacatecas.com