ZACATECAS. El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) aprobó la redistribución del financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y actividades tendientes a la obtención del voto de los partidos políticos nacionales y locales.
La asignación corresponde al periodo de marzo a diciembre del ejercicio fiscal 2018, en virtud de los registros de los dos nuevos partidos políticos locales, La Familia Primero y Partido del Pueblo.
Por lo tanto, se establece que el monto del financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y las tendientes a la obtención del voto para cada uno de los partidos políticos La Familia Primero y el del Pueblo, de marzo a diciembre de 2018, son por 867 mil 602 pesos, 32 mil 535 pesos y 260 mil 280 pesos, respectivamente.
Los importes del financiamiento público de los partidos políticos para el periodo de marzo a diciembre del ejercicio fiscal 2018 serán ministrados en forma mensual por la Dirección Ejecutiva de Administración del IEEZ, dentro de los primeros 15 días de cada mes.
Cabe aclarar que la Dirección Ejecutiva podrá, en su caso, efectuar las retenciones correspondientes.
De esta redistribución, el financiamiento público para actividades ordinarias, actividades específicas y actividades tendientes a la obtención del voto, que recibirán los partidos políticos nacionales y locales durante el ejercicio fiscal 2018 queda de la siguiente manera:
TOTAL DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO
Además, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 96, numerales 1 y 2 de la Ley Electoral, cada partido político deberá contar con un órgano interno estatal como único encargado de recibir, registrar, controlar y administrar su patrimonio, incluyendo los recursos que conforman su régimen de financiamiento; así como de la presentación de los informes financieros que deberán presentar a la autoridad fiscalizadora.
Este órgano interno deberá ser registrado por conducto de las dirigencias estatales de los partidos políticos ante el Consejo General, señalando el nombre de su titular, así como de las demás personas autorizadas para representar al partido político para los efectos relativos a la recepción del financiamiento público y de presentación de los informes a que se encuentre obligado.
Redacción / Tropicozacatecas.com
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