Sanciona el Trijez a Víctor Armas


ZACATECAS. El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez), en sesión pública, sancionó a Víctor Armas Zagoya, candidato priísta a diputado local por el distrito 3, por realizar actos anticipados de campaña.

Los magistrados determinaron, según las pruebas contenidas en los expedientes, que Víctor Armas, al ser titular de la Secretaría del Agua y Medio Ambiente (SAMA), realizó promoción personalizada al difundir propaganda gubernamental en Facebook que contenía su nombre, imagen y voz, con la clara intención de que se le identificara como persona, acreditándose el uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de campaña

En su escrito, la denunciante señaló que el entonces secretario cometió violaciones a la normatividad electoral, al utilizar recursos públicos para difundir propaganda institucional con elementos de promoción personalizada en Facebook, lo que, además, pudo constituir actos anticipados de precampaña y campaña, afectando así la equidad en la actual contienda electoral.

Por su parte, el denunciado negó reconocer como suya la página de Facebook en la que se difundieron los materiales audiovisuales; sin embargo, manifestó que se difundieron con el objetivo de informar a la ciudadanía sobre las actividades, programas y servicios que brinda la dependencia del estado que representaba.

En tanto, añadió en su defensa, no constituían propaganda personalizada, sino que la difusión de los materiales audiovisuales se encontraba amparada en el derecho a la libertad de expresión y de información; asimismo, señaló que no utilizó recursos públicos, sino propios, tanto en la producción como en la difusión.

El Trijez señaló que el denunciado, como titular de SAMA, dispuso indebidamente de recursos públicos en su modalidad de materiales para la producción y difusión de la propaganda denunciada, con el objetivo primordial de posicionarse ante el electorado fuera de los plazos legales permitidos, con la intención de obtener una candidatura que a la postre logró.

Ante ello, por unanimidad, los magistrados determinaron que se acreditó la comisión de actos anticipados de campaña.

Asimismo, se indicó que, en el caso concreto, el tema de la libertad de expresión, de acuerdo con los parámetros constitucionales, se ve limitada para quien tiene la calidad específica de servidor público, pues se establece que la propaganda gubernamental en ningún caso debe incluir nombres, imágenes o voces que impliquen promoción personalizada de cualquier funcionario.

Además, se resaltó que aunque las redes sociales son espacios de plena libertad que contribuyen a lograr una sociedad mayor y mejor informada; que facilitan las libertades de expresión y de asociación previstas en la Constitución Federal, éstas no constituyen espacios ajenos o al margen de los parámetros establecidos en la propia Constitución.

Por lo anterior, en primer lugar, se le impuso una multa, misma que deberá ser cubierta ante el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) dentro de un plazo improrrogable de 30 días hábiles; en segundo lugar, se ordenó dar vista la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE), a efecto de que, conforme a sus facultades y atribuciones, determine lo que en su caso corresponda con relación al gasto erogado con motivo de la difusión de la propaganda gubernamental, que tuvo como propósito el posicionamiento político del denunciado para obtener una candidatura e incidir en la contienda electoral.

Finalmente, se ordenó dar vista al gobernador y a la Secretaría de la Función Pública para que, en el ámbito de sus atribuciones, procedan conforme a derecho.

Enrique Flores, “limpio”

Por otro lado, se resolvió el Procedimiento Especial Sancionador identificado con el número de expediente TRIJEZ-PES-013/2018, iniciado por Morena en contra de Enrique Guadalupe Flores Mendoza en su calidad de pre candidato a Presidente Municipal en el municipio de Guadalupe, postulado por el PRI.

En su escrito, Morena denunció la publicación de diversas fotografías y videos en donde se difundió la imagen del denunciado con propuestas de interés social en la red social Facebook, y la pinta de bardas con signos, palabras y colores que hacían referencia al PRI, lo que en concepto del partido denunciante constituyó actos anticipados de campaña, promoción personalizada y utilización de recursos públicos, derivados de la calidad de servidor público y precandidato, con que se ostentaba el denunciado.

Al respecto, el pleno del Trijez determinó, según las pruebas contenidas en el expediente, la inexistencia de las infracciones atribuidas al denunciado, al no acreditarse la promoción personalizada ni la utilización indebida de recursos públicos, como tampoco los actos anticipados de campaña.

Redacción / Tropicozacatecas.com

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