¿Víctor Armas por Fito Bonilla?


Gabriel Contreras Velázquez*

El Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (TRIJEZ) entregó en bandeja de plata la cabeza de Víctor Carlos Armas Zagoya al Poder Ejecutivo del estado. En una resolución sin precedentes en la entidad, la autoridad electoral sancionó, por vez primera, a un alto funcionario por transgredir el artículo 134 –y sus derivados locales– de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Víctor Armas, “en su calidad de servidor público, realizó promoción personalizada al difundir propaganda gubernamental en Facebook que contenía su nombre, imagen y voz, con la clara intención de que se le identificara como persona”, alegó la autoridad jurisdiccional al resolver dos Procedimientos Especiales Sancionadores promovidos por Gabriela Maricela García Perales, regidora de oposición en el Ayuntamiento de Guadalupe.

Pese a que el Tribunal Electoral no dilucida a fondo –porque no fue de su competencia– las incongruencias en el uso de recursos privados por encima de la hacienda pública a disposición del funcionario, con la finalidad de promover actividades de estricto orden y observancia pública, ambos Procedimientos Especiales no sustentaron, con información suficiente, que el ex secretario del Agua y Medio Ambiente desviara presupuesto estatal para su promoción en las redes sociales.

Sin embargo, el no comprobar que, efectivamente, Víctor Armas estuviera utilizando recursos de los zacatecanos para fomentar su posicionamiento en la opinión pública, no debe exentar, tanto a las autoridades electorales como gubernamentales, del debate acerca del uso de recursos privados para realizar actividades públicas.

En ese terreno, la Auditoría Superior del Estado debe aclarar por qué el funcionario en cuestión utilizó dinero de particulares –lícito o ilícito, y sin una trazabilidad clara– para realizar responsabilidades que competen únicamente a su labor al frente de una secretaría de Estado. No es, ni mucho menos, una irregularidad menor, y deja una mancha en la administración de quien le confió una cartera gubernamental: Alejandro Tello Cristerna.

Como respuesta a los procedimientos promovidos por una militante de Movimiento Regeneración Nacional, el ex secretario del Agua y Medio Ambiente, asesorado pobremente por quien monopolizaba la impartición de justicia electoral durante el sexenio pasado –ahora magistrado del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas– Édgar López Pérez, el precandidato del Verde Ecologista confiaba en que no incurría en actos anticipados de (pre) campaña, cuando la trampa residió todo el tiempo en la violación a los principios consagrados en el 134 constitucional.

En ello el Tribunal fue contundente, al resolver que el tema de la libertad de expresión, argumento de defensa de Víctor Armas, “de acuerdo con los parámetros constitucionales, se ve limitada para quien tiene la calidad específica de servidor público, pues se establece que la propaganda gubernamental, en ningún caso, debe incluir nombres, imágenes o voces que impliquen promoción personalizada de cualquier funcionario”. Y en ese mismo sentido, aunque las redes sociales “son espacios de plena libertad” no son “ajenos o [permanecen] al margen de los parámetros establecidos en la Constitución”, esto es, en el artículo 134.

El mismo argumento de defensa adolecía de congruencia porque el funcionario buscó impactar únicamente en la percepción de los habitantes de Guadalupe, cuando en su encomienda debía de velar por las condiciones de los otros 57 municipios. Y, nuevamente, la libertad de expresión debía ceñirse en todo momento, dentro de su régimen de responsabilidades, al buen uso del erario, y evitar la suplantación del presupuesto a su disposición –y sus mecanismos de fiscalización– por el dinero de particulares.

Corresponderá ahora a la Secretaría de la Función Pública en Zacatecas ofrecer dos posibles sanciones al funcionario que renunció a su encomienda el pasado 13 de febrero, alertado por el dictamen que semanas después procesaría el Tribunal Electoral, y que podría promover su destitución de mantenerse al frente de la Secretaría del Agua y Medio Ambiente.

De acuerdo con la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, a Víctor Armas le correspondería una multa económica o, bien, la inhabilitación para ocupar puestos públicos por los siguientes meses o años.

En caso de sanción por multa económica, el contador Tello Cristerna deberá valorar qué negativos le trasladará el cúmulo de irregularidades en las que ha incurrido el precandidato por Guadalupe, y si éstas son suficientemente abonadas ante la opinión pública con un simple castigo al bolsillo de Armas Zagoya. En este escenario, Víctor Carlos compraría una deuda con el gobernador, que deberá saldar con creces.

En el supuesto de inhabilitación –menos probable, pero que más abona al slogan “Gobierno Diferente”–, personajes que circundan los acuerdos entre el PRI y Verde para definir la segunda posición al Senado de la República advierten que el Tribunal Electoral le regaló a Tello una palanca de presión para facilitar el ingreso de Adolfo Bonilla Gómez a la fórmula con Claudia Anaya, posibilidad a la que hasta ahora Carlos Puente Salas se ha mostrado reacio.

En cualquiera de ambos escenarios, Víctor Armas seguirá siendo un dolor de muelas para la alianza PRI-Verde. Su registro como candidato actualizaría las evidencias de promoción personalizada como virtuales actos anticipados de (pre)campaña. Se viene el segundo round de la oposición.

#Coincidencias: Una de las deudas inmediatas que deberá liquidar Víctor Armas con esta administración es sacar las manos completamente del proyecto –suspendido por un juez federal– de la Presa Milpillas. A unos días de tomar posesión Luis Fernando Maldonado Moreno (lo une a Víctor una añeja amistad) al frente de SAMA, obediente a las directrices del precandidato sancionado, continuó la controversia con la Procuraduría Agraria en notas periodísticas a finales de febrero. ¿Y ellos son los que no querían litigar en medios?

Twitter: @GabrielConV

*Analista político

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